Carlos Mamani: katari.org Haciendo entender que lo que hace el indio es por supuesto y mecánicamente indigenista, siendo que esta forma de pensar y accionar corresponde a los no indios, gentes que en su momento proyectaron la solución final del problema del indio a través de la asimilación; desde el Estado y la antropología mexicana el indigenismo fue propagado a todos los gobiernos del continente desde 1948. Es otra muy distinta el pensamiento y la acción política que los mismos indios llaman indianista, cuya abominación por las élites no termina, habiendo tenido como su víctima más señalada a Fausto Reinaga. Sin embargo muchas de las más caras ideas indianistas hoy son parte de propuestas que se oponen al capitalismo y sus proyecciones colonialistas; vivir bien, madre tierra, descolonización… para nombrar algunas de ellas. Alejandro Marroquín, en Balance del indigenismo. Informe sobre la política indigenista en América (1972), definió al indigenismo como:“la política que realizan los estados americanos para atender y resolver los problemas que confrontan las poblaciones indígenas, con el objeto de integrarlas a la nacionalidad correspondiente”. Para Gonzalo Aguirre Beltrán, no solo era una política social sino:“el indigenismo no está destinado a procurar la atención y el mejoramiento del indígena como su finalidad última, sino como un medio para la consecución de una meta mucho más valiosa: el logro de la integración y desarrollo nacionales, bajo normas de justicia social, en que el indio y el no indio sean realmente ciudadanos libres e iguales”. Por su parte el mismo Instituto Indigenista Interamericano definía al Indigenismo como “una formulación política y una corriente ideológica, fundamentales ambas para muchos países de América, en términos de su viabilidad como naciones modernas, de realización de su proyecto nacional y de definición de su identidad” (Instituto Indigenista Interamericano” 1991: 63). El indio era apenas un objeto, un medio para metas realmente supremas, cual es la formación del Estado Nacional. Alfonso Caso que fue el primer director del Instituto Nacional Indigenista, creado en 1948, resumía la labor indigenista:“El instituto Nacional Indigenista considera que la verdadera actitud es la de una acción gubernamental que tiende a capacitar la comunidad indígena dándole los medios técnicos indispensables para su vida y su propia defensa; uno de estos medios, quizá el más eficaz, es la enseñanza del idioma nacional en que están redactadas nuestras leyes, en que se redactan las gestiones antes ante los poderes públicos. Otro medio es la construcción de caminos que permitan la rápida conexión con otras comunidades y las ciudades de nuestro país. La acción del Estado debe ser, en consecuencia, una acción de protección y fomento, una acción que tienda al cambio cultural, pero sin que se provoquen desajustes y tenciones que disuelvan las vida orgánica de la familia o de la comunidad”. El indigenismo fue concebido como la “ideología del mestizo, método y técnica de unificación nacional”, un proceso dinámico que tiene su origen en el cruzamiento e interacción entre las culturas india y europea, que siendo conflictiva da paso a la integración cultural, de las regiones culturales (regiones de refugio) mediante la aculturación del indio, esto es su desculturización para su incorporación a la nación. Siguiendo el desarrollo del indigenismo mexicano, era la educación del indio el punto de partida para un accionar continental. En 1918 hubo una Primera Convención Internacional de Maestros, efectuada en Buenos Aires, que recomendó “la incorporación de los aborígenes a la cultura moderna”. En 1933 en Montevideo, la VII Conferencia Panamericana expresó la necesidad de que se celebrara una Conferencia Interamericana de expertos en asuntos indígenas, resolución ratificada por el VII Congreso Científico Americano que se llevó a cabo en México en 1935. En la Conferencia de Montevideo participaron por Bolivia Casto Rojas, David Alvéstegui y Arturo Pinto Escalier. Dos años más tarde, la Primera Conferencia Panamericana de Educación, efectuada también en México, aprobó la organización de “un Congreso Continental para estudiar el problema de los indios en los países de América Latina”. Fue en la VIII Conferencia Panamericana, reunida en Lima en 1938, que fue adoptada una resolución declarando que los indígenas “tienen un preferente derecho a la protección de las autoridades públicas para suplir la deficiencia de su desarrollo físico e intelectual” (sic), y que debería ser propósito de todos los gobiernos “desarrollar políticas tendientes a la completa integración de aquéllos en los respectivos medios nacionales”. En aquella Conferencia decidieron patrocinar la celebración de un congreso indigenista interamericano. El Comité Ejecutivo Provisional que se encargó de la realización del Congreso Indigenista Interamericano fue animado por Luis Chávez Orozco. Sin embargo fue Moisés Sáenz quien recibió la designación de llevar adelante la Dirección Provisional del Instituto; nombrado embajador de México en Perú, ocupó la dirección de manera interina Carlos Girón Cerna, de Guatemala. Fue Manuel Gamio que tomó a su cargo la dirección. El Instituto Indigenista Interamericano tuvo por directores a: Manuel Gamio, Miguel León-Portilla, Gonzalo Aguirre Beltrán, Oscar Arze Quintanilla, José Matos Mar y José del Val Blanco. En 2002 asumió la Dirección Guillermo Espinosa Velasco (ex director General de Instituto Nacional Indigenista, de México) y fue en esta gestión desapareció por obsoleta y con él el indigenismo como ideología y práctica política colonialista etnocida. En Bolivia el Instituto Indigenista Boliviano fue creado en 1941 como dependencia del Ministerio de Educación, con el nombre de Departamento de Asuntos Indígenas y Bellas Artes y terminó su existencia al crearse la Secretaría de Asuntos Etnicos, … El año de 1968 Guillermo Bonfil Batalla y otros autores publican De eso que llaman la antropología mexicana que causó un quiebre en el quehacer antropológico mexicano y el indigenismo continental. Escrita en el contexto de mayo 1968 y en la crítica a la antropología comprometida con la formación de la identidad nacional. Guillermo Bonfil Batalla uno de los autores señalaba “El ideal de redención del indio se traduce como en Gamio en la negación del indio. La meta del indigenismo, dicho brutalmente, consiste en lograr la desaparición del indio”. Esta crítica cobraba fuerza con el accionar de algunos gobiernos latinoamericanos donde ocurrieron matanzas de indios en Colombia y el Brasil. Fue en el Congreso de Americanistas de Stuttgart de 1968 que Robert Jaulin se destacó por sus denuncias. En 1970 publicó el libro La Paz blanca. Introducción al etnocidio. La repercusión fue importante en la comunidad académica y en los pioneros del internacionalismo indio, uno evento importante fue la celebración entre los días 7 y 12 de Diciembre de 1981, en San José, Costa Rica, del Seminario ” Etnocidio y Etnodesarrollo en América Latina” convocado por UNESCO y FLACSO que contó con la asistencia de representantes de organizaciones indígenas de América Central y de Sud América así como otros expertos. En los inicios del internacionalismo indio es importante señalar la realización de la Primera Reunión de Barbados en 1971, en la Declaración los participantes sostuvieron: “… las misiones religiosas y los científicos sociales, principalmente los antropólogos, deben asumir las responsabilidades ineludibles de acción inmediata para poner fin a esta agresión, contribuyendo de esta manera a propiciar la liberación del indígena” El documento postulaba la necesidad de que el indio se asuma protagonista de su propio destino: 2) En esta perspectiva es importante valorar en todo su significado histórico la dinamización que se observa hoy en las poblaciones indígenas del continente y que las está llevando a tomar en sus manos su propia defensa contra la acción etnocida y genocida de la sociedad nacional. En esta lucha, que no es nueva, se observa hoy la aspiración de realizar la unidad panindígena latinoamericana, y, en algunos casos, un sentimiento de solidaridad con otros grupos oprimidos. 3) Reafirmamos aquí el derecho que tienen las poblaciones indígenas de experimentar sus propios esquemas de autogobierno, desarrollo y defensa, sin que estas experiencias tengan que adaptarse o someterse a los esquemas económicos y sociopolíticos que predominen en un determinado momento. La transformación de la sociedad nacional es imposible si esas poblaciones no sienten que tienen en sus manos la creación de su propio destino. Además, en la afirmación de su especificidad sociocultural las poblaciones indígenas, a pesar de su pequeña magnitud numérica, están presentando claramente vías alternativas a los caminos a transitados por la sociedad nacional”. La Declaración de Barbados II de julio de 1977 fue suscrita por 18 líderes indios y 17 antropólogos, en el documento fueron enfatizadas las estrategias y los instrumentos requeridos para el logro de la liberación del indio, y para ello la necesidad de una ideología consistente teniendo como matriz a la cultura y al legado histórico. En este marco fue debatido el derecho a la autodeterminación de los pueblos indios y la necesidad de su descolonización. Posteriormente en reuniones realizadas en Sud, Centro y Norte América fue sistematizado un cuerpo de ideas y conceptos que dieron lugar a la emergencia de la ideología indianista Este proceso coincidió con la apertura en Naciones Unidas al tratamiento de las cuestiones indígenas. La Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección de las Minorías nombró a José Martínez Cobo Relator Especial para la realización de un estudio sobre la discriminación sufrida por las poblaciones indígenas[5]; el estudio contenido en 5 volúmenes fue entregado entre 1981-1984. En ese mismo tiempo (1982), el Consejo Económico y Social (ECOSOC) creó el Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas. Este grupo de trabajo se convirtió en plataforma de importantes progresos en la adopción de derechos y participación de los pueblos indígenas en los distintos espacios internacionales. En dicho estudio de Martínez Cobo propuso la siguiente caracterización de lo indígena: Son comunidades, pueblos y naciones indígenas los que, teniendo una continuidad histórica con las sociedades anteriores a la invasión y precoloniales que se desarrollaron en sus territorios, se consideran distintos a otros sectores de las sociedades que ahora prevalecen en esos territorios o en parte de ellos. Constituyen ahora sectores no dominantes de la sociedad y tienen la determinación de preservar, desarrollar y transmitir a futuras generaciones sus territorios ancestrales y su identidad étnica como base de su existencia continuada como pueblo, de acuerdo con sus propios patrones culturales, sus instituciones sociales y sus sistemas legales. (E/CN.4/Sub.2/1986/87) Ha sido importante la definición establecida por Martínez Cobo, así como fueron importantes los avances en el Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas. Reconociendo dichos avances la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el Convenio 169 propuso un concepto que hoy es aceptado por los pueblos indígenas como por los Estados: “considerados indígenas por el hecho de descender de poblaciones que habitaban en el país o en una región geográfica a la que pertenece el país en la época de la conquista o la colonización o del establecimiento de las actuales fronteras estatales y que, cualquiera que sea su situación jurídica, conserven todas sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas (Art. 1, b) “La conciencia de su identidad” es considerada como un criterio fundamental para determinar los grupos a los que se aplican las disposiciones del Convenio en cuestión. El avance tanto en la conceptualización de lo indígena como en la determinación de los sujetos de derecho ha tenido un significativo desarrollo, que considera fundamental la auto identificación. La identidad es determinada por las mismas personas y colectividades indígenas “Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar su propia identidad o pertenencia conforme a sus costumbres y tradiciones” (Art 33,1 Declaración), sostiene la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas, adoptada den septiembre de 2007. Esta autodeterminación de la identidad de las personas indígenas se refleja en el derecho a la libre determinación como pueblos (art. 3). La libre determinación se expresa en la representación y en el discurso libre determinado, no en la usurpación de la voz y menos en la elaboración y traducción, como ocurre hoy con muchos personajes que se hacen pasar de intérpretes y voceros del pensamiento indio. Sin embargo los fantasmas del pasado tienen el raro privilegio de volver, gamonales y tinterillos reviven prácticas indigenistas. |