Libertad de expresión

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    Libertad de prensa

Antonio Peredo Leigue
Durante muchos años de actividad periodística defendí la Ley de Imprenta promulgada en 1925. Sabía que nunca se había puesto en práctica, pero me asistía la razón de que, esa antigua ley preservaba el derecho a la reserva de la fuente informativa. Sin esa reserva, no puede haber periodismo.

Pero ha ocurrido, el año pasado, que el presidente Evo Morales demandó a un medio, acudiendo a la Ley de Imprenta. Me avergonzó ver, al día siguiente, a los reporteros de prensa y televisión poniéndose una mordaza para protestar por ese hecho. Con esa actitud, quienes ejercen el periodismo hoy, negaron la vigencia de la Ley de Imprenta.

PeriodismoEl mensaje que dieron entonces fue absurdo: nadie puede juzgarnos ni con la ley de imprenta. Aquello quedó como antecedente.

Lo que ahora ocurre aparece cuando, curiosamente aliados empresarios y periodistas, arremeten contra la Ley contra la Discriminación.

Se refieren a un artículo que castiga la difusión de insultos, injurias y difamaciones por prensa, radio y televisión. La reacción de los empresarios, apoyados por los periodistas, es que dicho artículo vulnera la libertad de prensa.

Hay que esclarecer los términos
La libertad de prensa, equivalente a la libertad de expresión, no puede ser un derecho de arbitrariedad, mediante el cual se injurie un día y al otro se pida disculpas.

Por eso, no puede ser el resguardo de los medios para preparar programas que inciten a la injuria y la calumnia. Y todos sabemos que los hay y que no son penados, pese a que se da gran cabida a personas que, escondidas en el anonimato, profieren insultos, desgranan chismes y se convierten en jueces de la moral de los demás.

Buscando en libros y revistas, encontré esta definición:
“La expresión nunca debe estar sujeta a la censura previa, sino a la responsabilidad ulterior. Esto supone que, con la libertad de expresión, no se puede impedir que una persona se exprese, pero sí que sea penada por su expresión”.

Y otra más:
“Para poder juzgar el término Libertad de Prensa hay que tomar en consideración que los medios de comunicación, que incluyen a la prensa escrita, han abusado de su poder manipulando las noticias y en muchos casos se las inventan. La influencia de los medios en la sociedad es tan o más poderosa que muchos gobiernos, por no decir todos. Tal ha sido el abuso de este privilegio que se llama ‘Libertad de Prensa’ por parte de los medios que ya no se limitan a reportar las noticias sino que se dan el lujo de manipular los acontecimientos según les parezca conveniente a ellos o sus intereses”. Como ven, ocurre en todas partes, lo que no quiere decir que sea correcto.

Pero volvamos a nuestra realidad. Tanto en televisión como en prensa, hemos soportado día tras día los esperpentos que, a título de noticieros, nos dan cuenta de crímenes, violaciones y otros delitos mayores, solazándose en la exposición de imágenes que llegan a la pornografía o, peor aún, a la crueldad.

Todos podemos recordar la presentación de escenas horribles en que una o más personas fueron quemadas por una turba enardecida.

Más grave que todo eso, fue la filmación y seguimiento de la humillación que sufrió un grupo de campesinos en la ciudad de Sucre, hace dos años. Ciertamente que los autores merecen un castigo que aún está pendiente.

Pero, los medios que dieron curso a tales escenas, ¿son impunes? Un maestro del teatro, que puso en alto el nombre de Bolivia, fue obligado a irse del país por haber criticado esa conducta. ¿Algún medio se hizo eco de ese agravio? No, no era noticia. Porque, para la generalidad de los dueños de medios, el escándalo es noticia, el sensacionalismo ha sustituido al periodismo.

Los reporteros están obligados a seguir las instrucciones que reciben. ¿Están obligados?, ¿no se cumple la ética periodística?, ¿el mísero sueldo que reciben justifica la sumisión?

El medio de comunicación que publica una injuria, una calumnia, es tan responsable como quien la profirió. Hay que recordar, al empresario de una radio o de un canal de televisión, que son concesionarios de una frecuencia. El contrato que firman con el Estado, les obliga a cumplir ciertas normas que, entre otras cosas, tienen que ver con el decoro y la moral.

Los periódicos no tienen ese tipo de contrato, pero hay un concepto claro que hace la diferencia entre periodismo y sensacionalismo. Ese concepto es la obligación que asumen ante la sociedad y que la sociedad tiene el derecho a reclamar.

La libertad de prensa es una conquista de los periodistas, no de los empresarios. Si no es así, los empresarios seguirán injuriando a la sociedad y sometiendo a un trato humillante a los periodistas.

Mientras tanto, quienes deben ejercer la libertad de prensa, no lo hacen, confundidos por esas conductas tomadas por los dueños de medios y algunos periodistas.

Porque libertad de prensa es el derecho a decir, a través de los medios de comunicación masiva, lo que revela la investigación, lo que realmente ocurre, pero que no tiene cabida en un noticiero o una página, pues se prefiere el sensacionalismo.

2 Las respuestas a “Libertad de expresión”

  1. karl

    ¿QUIEN VULNERA SUS PROPIAS LEYES?

    Límites de la Libertad de Expresión

    Según la Organización Foro de la Libertad, los sistemas jurídicos, y la sociedad en general, reconocen límites a la libertad de expresión, en particular cuando la libertad de expresión de los conflictos con otros valores o derechos. Limitaciones a la libertad de expresión puede seguir el «principio de daño» o el «principio de delito», por ejemplo en el caso de la pornografía o el «discurso del odio». Limitaciones a la libertad de expresión puede ocurrir a través de la sanción legal y / o la desaprobación social.

    A los miembros de la Iglesia Bautista Westboro les ha sido específicamente prohibida la entrada a Canadá por el discurso del odio.
    En «On Liberty» (1859) John Stuart Mill argumentó que «… debe existir la máxima libertad de profesar y discutir, como una cuestión de convicción ética, cualquier doctrina, por inmoral que pueda considerarse». Mill sostiene que la mayor libertad de expresión es necesaria para empujar a los argumentos de sus límites lógicos, en lugar de los límites de la vergüenza social. Sin embargo, Mill también introdujo lo que se conoce como el principio de daño, en la colocación de la siguiente limitación a la libre expresión: «el único propósito para el cual el poder se puede ejercer legítimamente a través de cualquier miembro de una comunidad civilizada contra su voluntad, es para evitar daños a otros».
    En 1985, Joel Feinberg introdujo lo que se conoce como el principio de «ofensa», argumentando que el principio del daño de Mill no ofrece una protección suficiente contra los comportamientos ilícitos de los demás. Feinberg, escribió: «Siempre es una buena razón en apoyo de una prohibición penal propuesto que probablemente sería una forma eficaz de prevención de ofensas graves (en contraposición a la lesión o daño) a otras personas que el actor, y que es probable que sea necesaria medios para tal fin «. Por lo tanto Feinberg sostiene que el principio de daño pone el listón demasiado alto y que algunas formas de expresión pueden ser legítimamente prohibidas por la ley porque son muy ofensivas. Pero, como ofender a alguien es menos grave que dañar a alguien, las penas impuestas deben ser más altos por causar daño. Mill, al contrario, no apoya sanciones legales si no se basan en el principio de daño. Dado que el grado en que las personas pueden ofenderse varía, o puede ser el resultado de prejuicios injustificados, Feinberg sugiere que un número de factores deben tenerse en cuenta al aplicar el principio de la ofensiva, incluyendo: el alcance, la duración y el valor social del discurso, la facilidad con que se puede evitar, los motivos del orador, el número de personas ofendidas, la intensidad de la ofensa, y el interés general de la comunidad en general.

  2. karl

    Libertad de expresión
    La libertad de expresión es un derecho fundamental o un derecho humano, señalado en el artículo 19º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, y las constituciones de los sistemas democráticos, también lo señalan. De ella deriva la libertad de imprenta también llamada libertad de prensa.
    El derecho a la libertad de expresión es definido como un medio para la libre difusión de las ideas, y así fue concebido durante la Ilustración. Para filósofos como Pach, Montesquieu, Voltaire y Rousseau la posibilidad del disenso fomenta el avance de las artes y las ciencias y la auténtica participación política. Fue uno de los pilares de la Guerra de la Independencia de los Estados Unidos y la Revolución francesa, hechos que revolvieron las cortes de los demás estados occidentales.
    Otro argumento clásico, asociado a John Stuart Mill, es que es esencial para el descubrimiento de la verdad. Oliver Wendell Holmes Jr. y Louis Brandeis, famosos juristas estadounidenses, acuñaron el argumento del mercado de ideas. Según esta analogía con la libertad de comercio, la verdad de una idea se revela en su capacidad para competir en el mercado. Es decir, estando en igualdad de condiciones con las demás ideas (libertad de expresión), los individuos apreciarán qué ideas son verdaderas, falsas, o relativas. Este argumento ha sido criticado por suponer que cualquier idea cabría en el mercado de ideas. Y aun así, el que unas ideas tengan mayores medios de difusión las impondría sobre otras, al margen de la verdad. La alternativa a esta debilidad del mercado de ideas sería la persecución de la falsedad. Pero esta presenta su propia debilidad, ¿cómo saber si se está en lo cierto si se persigue la opinión disidente? Incluso si pudieramos tener la certeza de la verdad de una opinión, la existencia de opiniones disidentes permite poner a prueba, mantener viva y fundamentada la opinión verdadera y evita así que se convierta en dogma o prejuicio infundado.
    Lo cierto es que esta metáfora se presta a equívocos, y Mill no comparó la libertad de expresión con un mercado. En Sobre la libertad (1859) apelaba a la libertad para exponer y discutir con el fin del conocimiento. Esto implica unas normas implícitas de conducta que aseguren el mutuo respeto entre los ponentes.

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