Bolivia: Momento histórico

1 Comentario
    MENSAJE DE UN CIUDADANO ANGUSTIADO POR SU PATRIA

katari.org: Gastón Cornejo Bascopé
Senador Gastón CornejoQueridos hermanos:
Nos encontramos ante un momento histórico importante pero con riesgos considerables.

La Nueva Constitución Política del Estado, LEGÍTIMA Y LEGAL que pretende el cambio de país, es una Carta Fundamental renovadora, anticolonialista y antiimperialista, propende al cambio democrático en paz, sobre todo es respetuosa de los DDHH fundamentalísimos y tiene un contenido esencialmente humanista.

Toda la argumentación esgrimida en su contra es inadmisible, tendenciosa y falsa.

No existe una sola normativa contraria al concepto antropológico de respeto a la dignidad humana, a la libertad, y a la identidad intercultural, a la bioética universal, a la tendencia constitucionalista latinoamericana contemporánea de descolonización opuesta totalmente al desarrollismo neoliberal.

Recoge principios y valores morales tradicionales andinos y de culturas nuestras anteriores a la colonia y los aúna con los principios y valores liberales clásicos.

Profundamente inclusiva, transforma la estructura del Estado modernizando todos sus elementos, prioriza la justicia social y la inclusión de todas las bolivianas y bolivianos.

En cambio, los Estatutos Autonómicos son la expresión viva de la oligarquía neoliberal instaurada en la patria, empecinada en obstaculizar todo cambio, opuesta a la justicia, a la dignidad humana en su concepto bioético y a los DDHH, excluyente, apropiadora de recursos naturales departamentales, con exclusividad de competencias egoístas. Es una propuesta divisionista, arrogante, sediciosa y absolutamente ilegal e ilegítima. ES ANTICONSTITUCIONAL.

Proponemos trabajar para evitar la división del país, sin violencia alguna, oponiendo argumentos valederos a partir del estudio y el análisis de ambos textos.

Desde ya, la nueva CPE tiene raíz legítima y constitucional, la departamental es elaborada por un grupo de ciudadanos a quienes nadie ha elegido.

Toda posibilidad de normativa departamental es subsidiaria a una Ley de Congreso, una vez que se apruebe o se rechace la nueva CPE.

Los ciudadanos de Cochabamba, el corazón de Bolivia, debemos meditar sobre nuestro rol patriótico a desempeñar en este momento histórico.

Siempre fuimos la vanguardia del pensamiento nacional, hoy la historia y la conciencia social y política nos demanda el pronunciamiento firme y valiente para defenderla de los embates de la antinación. Evoquemos al Gran Mariscal Antonio José de Sucre: «Aún pediré otro premio a la nación…».

SALVAR A BOLIVIA DE LA DIVISIÓN. BOLIVIA UNITARIA. INCLUSIVA, CRISTIANA, ECOLOGISTA, BIOÉTICA Y HUMANISTA.

Una respuesta a “Bolivia: Momento histórico”

  1. Rebeca Delgado B.

    En Cochabamba llevamos demasiado tiempo guardando un silencio que no quisiéramos que se interprete como estupidez. ¡Basta ya! Es necesario denunciar la actitud de los prefectos opositores y su CONALDE, que pretenden convertir la mesa de Diálogo en una plataforma para el chantaje y el ultimátum. Digamos las cosas claras:
    1.- Las organizaciones, instituciones y personas firmantes que constituimos este colectivo consideramos que la propuesta de nueva CPE supone un avance cualitativo en el reconocimiento de derechos de sectores excluidos (indígenas, mujeres, grupos generacionales, etc.) y sienta las bases para la transformación del país en base a principios de equidad, justicia, inclusión y soberanía. Es una Constitución que tiene plena legitimidad desde el momento en que ha sido redactada por representantes elegidos por toda la población con ese preciso fin, y ha considerado las propuestas emanadas de todos los sectores, e incluso ha recibido el reconocimiento de otros gobiernos y organismos internacionales.
    2.- La nueva Constitución recoge plenamente el mandato vinculante del Referéndum de agosto de 2006, puesto que reconoce las autonomías departamentales, incluyendo su facultad legislativa (Art. 273, 278, 280, 306).
    3.- El Estatuto Autonómico de Santa Cruz* carece de legitimidad (ha sido elaborado por una Junta Autonómica que no fue elegida por voto popular ni tiene respaldo legal) y es de todo punto inconstitucional. Además es incompatible con el nuevo texto constitucional y con el más elemental sentido democrático y de unidad del país. Enumeremos sólo sus puntos más inaceptables:
    •Se sitúa a sí mismo por encima de la Constitución Política del Estado (Art. 1).
    •Se arroga definiciones de política internacional (Art. 3, Inc. II y III).
    •Reduce a los pueblos originarios a la condición de pueblos oriundos del departamento (en contra de las declaraciones de la OIT y de la ONU), y los considera objetos más que sujetos, negando toda posibilidad de autonomías indígenas (Art. 2, Inc. II).
    •Le atribuye al gobierno departamental competencias exclusivas respecto del régimen electoral, de la administración de justicia (otorgándole supremacía a la Corte Departamental), de la educación en todos los niveles, de los regímenes laboral, de tierras, aguas, bosques, áreas protegidas, biodiversidad, biocombustibles, ordenamiento territorial (Art. 6, inc. I)
    •Pretende que las disposiciones del gobierno departamental tengan preferencia respecto de las nacionales (que pasarían a ser subsidiarias o supletorias) (Art. 6 Inc. II) incluyendo la potestad tributaria. (Art. 135, 136 y 137)
    •Pretende el control de las instituciones del estado en el departamento, obligando a la designación de sus autoridades de ternas presentadas por la Asamblea Departamental (Art. 36 y 34).
    4.- El Referéndum Autonómico anunciado por el Prefecto de Santa Cruz para el 4 de mayo es también inconstitucional, ya que la Constitución vigente no reconoce ningún régimen autonómico, y la reforma total de esa Constitución es potestad privativa de la Asamblea Constituyente (C.P.E. Art. 232), y la reforma parcial es potestad del Congreso (Art. 231). Tampoco tiene el respaldo legal de la Ley de Referéndum, ya que ésta establece que mientras no haya un gobierno departamental electo por voto popular —prefecto no es lo mismo que gobierno departamental—, el referéndum departamental deberá ser convocado por el Congreso Nacional (Art. 6 Inc. 2).
    5.- El tema de la capitalía plena todos sabemos que no es un tema constitucional, ni tiene nada que ver con los problemas estructurales que aquejan al país.
    Por tanto rechazamos cualquier ultimátum, cualquier amenaza de violencia o de fragmentación del país, cualquier actitud racista y discriminatoria. Apoyamos la resolución democrática de las discrepancias por la vía del respeto a la mayoría, en este caso por la vía del Referéndum Dirimitorio y del Referéndum Constituyente.

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